A finales de julio el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) tomó la decisión de iniciar un procedimiento de consulta pública con el objetivo de modificar varios aspecto de la nueva PAC 2024 entre los que encontramos uno de los cambios más significativos, la extensión de los plazos para la implementación obligatoria del cuaderno digital de explotación.
El gobierno aprueba la solicitud de ampliar los plazos de implementación del CUE
Las ajustes relacionados con el cuaderno digital de explotación (CUE) son una respuesta a las peticiones del sector, que busca un periodo más extenso para adaptarse y familiarizarse con las nuevas herramientas antes de su implementación.
Finalmente se ha publicado que estas modificaciones quedan aprobadas por el Gobierno a día 27 de diciembre de 2023 quedando todo recogido en el Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, que regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común.
Las modificaciones introducidas se originan principalmente de ciertos aspectos presentes en los planes de control elaborados por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) y las comunidades autónomas. Con el propósito de brindar mayor seguridad jurídica, se ha considerado adecuado incorporar estos aspectos al mencionado decreto.
Estas modificaciones impactan principalmente en las autoridades competentes encargadas de realizar los controles. En lo que respecta a los agricultores, algunas de las novedades incluyen la obligación de llevar a cabo una actividad de producción al declarar un recinto inactivo por primera vez, así como la necesidad de demostrar la disponibilidad de recintos improductivos transformados declarados por primera vez.
Además, se amplía la aplicación del cuestionario del responsable de explotación a todos los solicitantes de derechos de la reserva nacional y se establece un preaviso de 72 horas para los controles de ayudas asociadas a la ganadería. También se implementan controles in situ de conteo de animales en ecorregímenes y en intervenciones de desarrollo rural relacionadas con la actividad de pastoreo.
¿Cuáles son las nuevas fechas?
Os recordamos que estas serán las nuevas fechas a partir de las cuales el cuaderno digital de explotación será un requisito obligatorio:
También es relevante destacar que las explotaciones con una superficie agraria total de hasta 5 hectáreas, que no superen 1 hectárea de regadío, estarán exentas de la obligatoriedad del Cuaderno digital de explotación (CUE). Tendrán la opción de utilizar el cuaderno digital de forma voluntaria o de mantener los registros en papel conforme a las regulaciones sectoriales.
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